jueves, 28 de abril de 2016

¿Qué gastos acarrea la compra de una vivienda nueva o usada en Salamanca?

A la hora de comprar una vivienda, con hipoteca o sin hipoteca, se suele recomendar contar con dinero “extra” ahorrado para hacer frente a los costes “adicionales”: impuestos que gravan la compraventa, gastos de la notaría, del registro de la propiedad o la tasación. Se aconseja tener unos ahorros cercanos al 10% del valor de la vivienda para afrontar con éxito estos costes “añadidos”
Cuando se toma la decisión de comprar una vivienda hay que tener claro que no sólo hay que hacer frente al pago del precio de la casa, sino que hay que pagar una serie de gastos obligatorios que giran en torno a la compraventa de la casa
- Tasación de la vivienda: en caso de solicitar una hipoteca para comprar la casa es necesario pagar a una tasadora para que efectué la tasación de la propiedad y así el banco sabrá el porcentaje de financiación que concederá en función del valor. El coste de la tasación dependerá del tipo de inmueble, con lo que la tasación puede costar entre 250 y 350 euros
- Gastos de notaría: los honorarios del notario están regulados por la administración y dependen del precio del inmueble. En el notario hay que pagar por dos escrituras, la de compraventa y la de la hipoteca. Por ejemplo, en una vivienda de 250.000 euros los gastos de la escritura de compraventa ascenderían a 400 euros. Si la hipoteca es de 175.000 euros, la escritura de la hipoteca supondría unos 300 euros
- Registro de la propiedad: inscribir las dos escrituras relacionadas con la compraventa de la vivienda en el registro de la propiedad también tiene un coste. Podría suponer unos 350 euros si se toma como ejemplo una vivienda comprada por 250.000 euros
- Impuestos: hay dos impuestos diferentes en función de si la vivienda es nueva o de segunda mano.
    - Vivienda nueva: el impuesto que grava este inmueble es el iva del 10%. Por tanto, en una vivienda de 250.000 euros, el impuesto supondrá 25.000 euros
    - Vivienda usada: el tributo que grava este tipo de inmueble es el impuesto sobre transmisiones patrimoniales (itp) y varía en función de la comunidad autónoma pero oscila entre el 5% y el 10% del precio escriturado (entre 12.500 y 25.000 euros para el ejemplo anterior). Hay que recordar que hacienda puede reclamar un pago superior al comprador si considera que la vivienda vale más de lo que ha pagado por ella. La hacienda de cada ccaa cuenta con unas tablas de precios mínimos y sobre ellas calculan el itp mínimo que tiene que pagar una persona cuando compra una casa
Respecto al itp en algunas ccaa hay bonificaciones para familias numerosas. Por ejemplo, en la comunidad de Madrid el tipo al que se tributa por el itp es del 4% para las familias numerosas, siempre que se trata de la vivienda habitual
Tanto la vivienda nueva como la usada están sujetas al pago de otro impuesto que es el de actos jurídicos documentados (ajd) que supone el 1% del precio escriturado de la compraventa y otro 1% de la cuantía escriturada de la hipoteca
- Gestoría: la gestoría de la entidad financiera es la encargada de tramitar la liquidación de los impuestos y de realizar otros papeleos. Los gastos se sitúan en torno a los 250 euros



lunes, 14 de marzo de 2016

Los 10 consejos inmobiliarios para invertir con éxito en Salamanca.



El Búho inmobiliaria ha elaborado un decálogo de recomendaciones para llevar a cabo una buena inversión inmobiliaria en Salamanca.Ya sea comprar una vivienda, un local o una vivienda para alquilar.

1.- La inversión en vivienda residencial suele ser más rentable que la inversión en locales comerciales u oficinas en ciudades más pequeñas.

2.- Elegir una buena zona con perspectivas de revalorización, ya que supone el factor fundamental para realizar una inversión con éxito.

3.- Es fundamental estudiar detenidamente las expectativas de alquiler o de venta en la zona, dependiendo si la inversión es a largo o a corto plazo, respectivamente.

4.- En el caso de apostar por una vivienda antigua, es necesario que el
precio de compra sea lo suficientemente bajo y la reforma asequible, de
forma que sea posible obtener la rentabilidad deseada.

5.- Es aconsejable invertir en una zona dentro del mismo núcleo de población en el que se resida. Así se podrán gestionar personalmente las cuestiones menores que surjan.

6.- Las zonas cercanas a centros universitarios y los barrios de
expansión de las ciudades tiene una alta garantía de éxito a la hora de
adquirir una vivienda destinada al alquiler.

7.- Es muy importante tener en cuenta aspectos como el número de
dormitorios, la disponibilidad de ascensor y garaje, la antigüedad de la
 vivienda... Una vivienda en buen estado, perfectamente equipada y con
buena iluminación tiene muchas más posibilidades de ser alquilada o
vendida.

8.- El comprador se encuentra ante uno de los mejores momentos de la historia reciente para obtener un préstamo hipotecario en condiciones ventajosas debido a los bajos tipos de interés y a la guerra hipotecaria desatada.

9.- Hay que evitar invertir en comunidades o urbanizaciones donde los
gastos comunitarios sean muy elevados, estén repartidos entre pocos
vecinos, o tengan servicios de lujo.

10.- Es aconsejable contar con el asesoramiento de un Agente de la Propiedad Inmobiliaria.




Con el mercado en pleno proceso de normalización y los precios estables, 2016 tiene todos los ingredientes para marcar un hito en el mercado inmobiliario después de años de penurias, tal y como recoge Idealista/news.
El Consejo General de Colegios de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de España ha elaborado un decálogo de recomendaciones para llevar a cabo una inversión inmobiliaria con éxito en el año que acaba de comenzar, ya sea comprar una vivienda, un local o una vivienda para alquilar.
1.- La inversión en vivienda residencial suele ser más rentable que la inversión en locales comerciales u oficinas en ciudades más pequeñas.
2.- Elegir una buena zona con perspectivas de revalorización, ya que supone el factor fundamental para realizar una inversión con éxito.
3.- Es fundamental estudiar detenidamente las expectativas de alquiler o de venta en la zona, dependiendo si la inversión es a largo o a corto plazo, respectivamente.
4.- En el caso de apostar por una vivienda antigua, es necesario que el precio de compra sea lo suficientemente bajo y la reforma asequible, de forma que sea posible obtener la rentabilidad deseada.
5.- Es aconsejable invertir en una zona dentro del mismo núcleo de población en el que se resida. Así se podrán gestionar personalmente las cuestiones menores que surjan.
6.- Las zonas cercanas a centros universitarios y los barrios de expansión de las ciudades tiene una alta garantía de éxito a la hora de adquirir una vivienda destinada al alquiler.
7.- Es muy importante tener en cuenta aspectos como el número de dormitorios, la disponibilidad de ascensor y garaje, la antigüedad de la vivienda... Una vivienda en buen estado, perfectamente equipada y con buena iluminación tiene muchas más posibilidades de ser alquilada o vendida.
8.- El comprador se encuentra ante uno de los mejores momentos de la historia reciente para obtener un préstamo hipotecario en condiciones ventajosas debido a los bajos tipos de interés y a la guerra hipotecaria desatada.
9.- Hay que evitar invertir en comunidades o urbanizaciones donde los gastos comunitarios sean muy elevados, estén repartidos entre pocos vecinos, o tengan servicios de lujo.
10.- Es aconsejable contar con el asesoramiento de un Agente de la Propiedad Inmobiliaria.  - See more at: http://periodicosinvierte.com/los-10-consejos-de-los-agentes-inmobiliarios-para-invertir-con-exito-en-2016#sthash.snENOVLA.dpuf
Con el mercado en pleno proceso de normalización y los precios estables, 2016 tiene todos los ingredientes para marcar un hito en el mercado inmobiliario después de años de penurias, tal y como recoge Idealista/news.
El Consejo General de Colegios de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de España ha elaborado un decálogo de recomendaciones para llevar a cabo una inversión inmobiliaria con éxito en el año que acaba de comenzar, ya sea comprar una vivienda, un local o una vivienda para alquilar.
1.- La inversión en vivienda residencial suele ser más rentable que la inversión en locales comerciales u oficinas en ciudades más pequeñas.
2.- Elegir una buena zona con perspectivas de revalorización, ya que supone el factor fundamental para realizar una inversión con éxito.
3.- Es fundamental estudiar detenidamente las expectativas de alquiler o de venta en la zona, dependiendo si la inversión es a largo o a corto plazo, respectivamente.
4.- En el caso de apostar por una vivienda antigua, es necesario que el precio de compra sea lo suficientemente bajo y la reforma asequible, de forma que sea posible obtener la rentabilidad deseada.
5.- Es aconsejable invertir en una zona dentro del mismo núcleo de población en el que se resida. Así se podrán gestionar personalmente las cuestiones menores que surjan.
6.- Las zonas cercanas a centros universitarios y los barrios de expansión de las ciudades tiene una alta garantía de éxito a la hora de adquirir una vivienda destinada al alquiler.
7.- Es muy importante tener en cuenta aspectos como el número de dormitorios, la disponibilidad de ascensor y garaje, la antigüedad de la vivienda... Una vivienda en buen estado, perfectamente equipada y con buena iluminación tiene muchas más posibilidades de ser alquilada o vendida.
8.- El comprador se encuentra ante uno de los mejores momentos de la historia reciente para obtener un préstamo hipotecario en condiciones ventajosas debido a los bajos tipos de interés y a la guerra hipotecaria desatada.
9.- Hay que evitar invertir en comunidades o urbanizaciones donde los gastos comunitarios sean muy elevados, estén repartidos entre pocos vecinos, o tengan servicios de lujo.
10.- Es aconsejable contar con el asesoramiento de un Agente de la Propiedad Inmobiliaria.  - See more at: http://periodicosinvierte.com/los-10-consejos-de-los-agentes-inmobiliarios-para-invertir-con-exito-en-2016#sthash.snENOVLA.dpuf

martes, 21 de julio de 2015

Cómo saber si un piso está caro o barato en Salamanca (ejemplos)

Cuando nos enfrentamos a la compraventa o alquiler de una vivienda siempre nos asalta la misma duda: el precio, ¿es caro o barato? ¿cómo lo calculo?. Da lo mismo si eres el propietario, el comprador, el casero o el posible inquilino, todo el mundo duda sobre cuál sería el precio adecuado de una vivienda en venta o alquiler.
Te ofrecemos una tabla y una  fórmula con la que tú mismo podrás calcular una aproximación al que debería ser el precio de una vivienda, al que luego se le podría aplicar un ajuste al alza o a la baja en función las características concretas de cada casa, pero que al menos te colocará en un nivel de precios adecuado.
La clave se llama: PER
Los precios de venta y alquiler guardan siempre unas relaciones que varían en el tiempo pero que se pueden calcular:
a) Rentabilidad bruta por alquiler
Es el porcentaje resultante de dividir el dinero anual que obtenemos por una vivienda en alquiler entre su precio de venta. Así, por ejemplo, una vivienda que se alquile por 12.000 euros al año (1.000 euros/mes) y que valga 240.000 euros se dice que ofrece una rentabilidad bruta del 5% de acuerdo con esta fórmula:
(12.000/240.000) x 100 = 5%
b) El PER
Si hacemos la operación inversa de dividir el precio de venta entre el precio de alquiler, obtendremos lo que suele llamarse PER (Price Earnings Ratio). Este dato equivale al número de veces que el precio de alquiler está contenido en el precio de venta o al número de años que tardaría en pagar el precio de una vivienda mediante el alquiler en las condiciones actuales. Es un ratio universalmente aceptado para valorar activos como empresas, viviendas, etc.
El PER de la anterior vivienda sería 20 veces y el cálculo mediante el que se ha llegado a ese dato sería:
(240.000 / 12.000) = 20 veces
Tabla de equivalencia entre precio de alquiler y venta
De acuerdo con los datos anteriores, si tuviéramos dos de las tres cifras anteriores (precio venta, precio alquiler o PER), podríamos calcular la tercera. Como tenemos el dato de la rentabilidad bruta por alquiler de toda España ofrecida por el Banco de España (BdE), sólo nos falta conocer un dato fiable de alquiler o venta para poder calcular una aproximación de la otra variable.
Según el último informe del Banco de España (BdE), la rentabilidad bruta de alquilar una vivienda en España al cierre del cuarto trimestre de 2014 es del 4,7%. Esto equivale a decir que el PER es de 21,3 años o 256 meses. 
En resumen, si tenemos la seguridad de que una vivienda idéntica o muy parecida a la que nos interesa se alquila por un precio determinado, actualmente bastaría con multiplicar el precio del alquiler mensual por 256 meses para obtener un precio de venta aproximado adecuado. Por ejemplo, si se alquila por 1.500 euros al mes y multiplicamos ese precio de alquiler mensual por 256 meses obtendríamos que el precio de venta debería rondar los 384.000 euros en las condiciones actuales.
Del mismo modo, si tenemos una vivienda que podría venderse por 300.000 euros, bastaría con dividir entre 256 para saber que su precio de alquiler debería ser de unos 1.171 euros mensuales.
Con estos datos ya podemos construir una tabla en la que se relacione el precio de alquiler con el precio de venta actual. Es importante saber que el PER o la rentabilidad por dividendo varían con el tiempo, por lo que habría que ir actualizando el cálculo de este dato para optimizar los cálculos. En los tiempos de precios inmobiliarios muy elevados, el PER era muy alto, mientras que ahora es más moderado.





martes, 16 de junio de 2015

¿Cuánto dinero suponen los gastos de la compraventa de una vivienda?



¿Cuánto dinero suponen los gastos de la compraventa de una vivienda?

Los gastos que tiene una compraventa de vivienda son:
  • Escritura pública en la notaría
  • Inscripción en el Registro de la Propiedad
  • Impuestos
  • Gestoría (si pedimos hipoteca)
  • Plusvalía municipal
La ley marca qué gastos corresponde pagar al comprador (casi todo) y al vendedor (sólo la plusvalía municipal y el original de la escritura).Hay escaso margen para la negociación, aunque es cierto que se puede pactar cualquier tipo de reparto de los gastos, incluido el que todos ellos sean abonados por la parte compradora siempre que se haga mediante una cláusula completamente legal
Cuando el que vende es un promotor inmobiliario, la ley le obliga a abonar la plusvalía municipal y los gastos de la declaración de obra nueva y división horizontal. También debe pagar la cancelación de la hipoteca que existe sobre la vivienda siempre y cuando no nos subroguemos en la misma
Los gastos en detalle son:

1. Notaría

Los gastos de notario son los que se producen por el otorgamiento de la escritura pública de compra-venta. Los costes del notario sonfijados por normativa y su cuantía depende del importe del inmueble, aunque puede incrementarse por aspectos de la operativa notarial: el número de copias, extensión de la escritura, asiento presentación, etc
Los notarios aplican un arancel fijo que estableció el gobierno en 1989 por lo que todos los notarios de España cobran lo mismo por idéntico servicio. Sólo pueden hacerte un descuento del 10%, por lo que la competencia entre ellos sólo se basa en la calidad. Los costes (o aranceles) vigentes de los notarios figuran en la siguiente tabla para viviendas libres. Conviene saber que en las viviendas de protección oficial y en las subrogaciones se les aplica una reducción en los aranceles

Importe compra* Notaría
25.000 €600 €
50.000 €625 €
100.000 €675 €
150.000 €710 €
200.000 €750 €
250.000 €790 €
300.000 €830 €
400.000 €850 €
975.000 €875 €

2. Registro de la Propiedad

Son los honorarios generados por inscribir la compra-venta en el Registro de la Propiedad. También están fijados por normativa y su cuantía depende del precio del inmueble
Existen variaciones que modifican las reglas generales. Así por ejemplo, hay cambios para viviendas de protección oficial, de montes, o de explotaciones agrarias
Importe compra* Registro de la Propiedad
25.000 €395 €
50.000 €420 €
100.000 €445 €
150.000 €470 €
200.000 €510 €
250.000 €550 €
300.000 €590 €
400.000 €630 €
975.000 €650 €

3. Impuestos

En este apartado tenemos que diferencias dos grandes grupos según el tipo de vivienda
  • Impuestos por la compra una vivienda nueva
  • Impuestos por la compra de vivienda de segunda mano

a) Impuestos en la compra de vivienda nueva:

  • IVA (impuesto sobre el valor añadido): cuando la vivienda se entrega por primera vez paga el IVA (actualmente en el 10%). Se entiende por “primera entrega” aquellas que se adquieren al promotor tras la construcción de la misma
    Si las viviendas han estado alquiladas tras la finalización de las obras y las compran las personas que han vivido en ellas también se considera "primera entrega", con lo que pagaría el IVA. Por otro lado, si los compradores son diferentes a los arrendatarios no tienen esta consideración y pagarían viviendas de segunda mano, pagando sus impuestos correspondientes
    Pueden pagar un IVA del 10% (frente al 21% general) los edificios destinados principalmente a viviendas (edificaciones en que al menos el 50% de la superficie construida se destine a viviendas), incluidos garajes y anexos en ellos que se transmitan a la vez y siempre que el número de plazas de garaje por cada propietario no exceda de dos unidades
    La compra de una vivienda nueva obliga al comprador a pagar el IVA al vendedor, quien ingresará el impuesto en la hacienda pública
    Los tipos impositivos establecidos actualmente son:
    • 10% con carácter general
    • 4% cuando se trate de viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública
  • IAJD (Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados): este impuesto se genera por firmar en el notario e inscribirse posteriormente en el registro. El tipo de gravamen aplicable será el que determine cada comunidad autónoma, en términos generales estaría entre el (0.5% - 1.5%) sobre el importe de la compraventa
    Este impuesto habrá que sumarlo al IVA, por lo que en vivienda nueva se paga el IVA (10% o 4%) más IAJD (0.5% - 1,5%)

b) Impuestos en la compra de vivienda de segunda mano

  • ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales: es el impuesto que grava las ventas de inmuebles y el alternativo al IVA (IGIC en Canarias) para el caso de viviendas de segunda mano
    Su cuantía se fija por aplicación de un porcentaje sobre el precio escriturado y dependiendo de la comunidad autónoma en la que se encuentre la vivienda adquirida, en la mayoría de las comunidades está entre el (6% - 10%). Existen también tipos reducidos para algunos casos (VPO, familias numerosas, jóvenes...)
  • IAJD (Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados): como en el caso de las viviendas nuevas este impuesto se genera por firmar en el notario e inscribirse posteriormente en el registro. El tipo de gravamen aplicable será el que determine cada comunidad autónoma, en términos generales estaría entre el (0.5% - 1.5%) sobre el importe de la compraventa
  • Gestoría: sólo se pagará si se abre una hipoteca para comprar el inmueble. El gestor administrativo realiza todos los trámites necesarios hasta la inscripción de la escritura de compra en el Registro de la Propiedad
    La gestoría es seleccionada por la entidad financiera puesto que sino no entregaría el dinero hasta que esté inscrita la compra y la hipoteca en el Registro de la Propiedad
    Al ser profesionales libres, su tarifa no está regulada y pueden variar de unas empresas a otras. Lo normal es que el día de la firma ante el notario se pida una cantidad de dinero provisión de fondos para poder pagar todos los trámites especificados anteriormente. Una vez esté inscrita la compra y la hipoteca en el Registro de la Propiedad, se devolverá el dinero que haya sobrado
Por último, existe lo que comúnmente se denomina "plusvalía municipal", que es el impuesto municipal sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana y que paga el vendedor. Este impuesto municipal, que no se debe confundir con la plusvalía fiscal, grava el aumento de valor de los terrenos de naturaleza urbana experimentado durante los años en que el vendedor ha sido propietario de la vivienda. para el cálculo del impuesto no se toma en cuenta el valor de la transmisión, ni el valor de mercado de la vivienda, sino el valor catastral
Se calcula teniendo en cuenta el valor catastral y el número de añosque ha tenido el vendedor el inmueble (tiene como límite máximo el de 20 años) y no podrá ser inferior a 1 año. En caso de superar los 20 años se tomará como referencia el máximo (20 años)
Según la ley lo paga el vendedor, salvo si se ha pactado lo contrario entre las partes. Hay un plazo de 30 días naturales desde la fecha de la escritura para liquidarlo en el ayuntamiento



jueves, 19 de marzo de 2015

La orientación de tu casa o piso en Salamanca puede suponer un ahorro de energía.

La mejor orientación solar para tu vivienda en Salamanca


La mejor orientación solar para tu vivienda
Seguro que alguna vez te has preguntado por qué el piso de tus amigos es tan caliente y el tuyo es tan frío. O por qué evitas desayunar en la cocina porque hace muchísimo frío por las mañanas…
Muchas veces, además de por lo obvio, los materiales de construcción…esto se debe a la orientación de tu vivienda y sus espacios.
Para los arquitectos y diseñadores uno de los factores más importantes en los primeros esquemas de diseño es la orientación solar. Tener una buena orientación puede lograr que no necesites aire acondicionado o calefacción. De hecho, una casa que considere las orientaciones correctamente hasta sus últimas consecuencias puede hacer que no se necesite de sistemas especiales de climatización aunque se encuentre en lugares con temperaturas extremas.
Lo primero es saber de qué lado se ubica el Sol y después imaginar las actividades que realizas en tu vida cotidiana a lo largo del día. Ahora ya estamos en disposición de decidir como orientar nuestra vivienda, o saber si esa vivienda que vamos a comprar tiene una buena orientación.

El movimiento aparente del Sol

El Sol traza cada día un arco de movimiento aparente sobre el cielo, de Este a Oeste, pasando siempre por el Sur exacto al mediodía solar.
Ese arco alcanza su dimensión mínima el solsticio de invierno, sobre el 21 de diciembre. Ese día el Sol sale por el Sureste bastante cerca del Sur y se oculta por el Suroeste, también bastante cerca del Sur. A medida que el año astronómico va avanzando, este arco se hace mayor cada día, de manera que cada amanecer el Sol sale por un punto más cercano al Este exacto y se oculta por otro más cercano al Oeste exacto. Alcanza esos puntos en su salida y puesta en el equinoccio de primavera. Ese día sí podemos decir con propiedad que el Sol sale por el este y se oculta por el Oeste, y no por el Sureste y Suroeste. Pero el año sigue avanzando y el arco de movimiento aparente sigue agrandándose. Por tanto, desde ese día y hasta que el arco alcanza su extensión máxima en el solsticio de verano, el Sol sale por el Noreste y se oculta por el Noroeste. Y a partir de ahí el arco comienza a estrecharse, hasta volver a su extensión mínima el solsticio de invierno siguiente.

¿Dónde da el Sol?

orientación2Así pues, en el hemisferio Norte:
-Sur, sureste y suroeste: En invierno da todo el día.
-Norte, noreste y noroeste: En invierno no da nunca.
Y por otro lado:
-Este, sureste, noreste: Cuando da lo hace desde el amanecer hasta el mediodía.
-Oeste, suroeste, noroeste: Cuando da lo hace desde mediodía hasta el ocaso.
En el hemisferio sur ocurre igual, sólo que el Este y el Oeste se encuentran en los lados contrarios a los del norte.
Si en el hemisferio Norte, que es donde nos encontramos, quieres que en invierno el Sol dé en tu ventana medio día o más, tiene que estar orientada hacia el Sur, Sureste o Suroeste; y si no quieres que te dé en invierno en absoluto, hacia el norte. Por tanto, la orientación que no toque el Sur en ninguna de sus extensiones sólo está indicada para climas que incluso en invierno sean muy calurosos, o que en verano sean tan calurosos que no quieras que en esa época te dé ni siquiera medio día. Pero has de tener en cuenta que tampoco recibirás mucha luz. En cuanto al Este o el Oeste, va en gustos, según prefieras el Sol y el calor al amanecer o al anochecer.

Conclusiones para la mejor orientación para nuestra casa

Aquí dejamos las conclusiones de las orientaciones, que se deducen de lo anterior:
SUR: El Sol da todo el día en invierno, primavera y otoño. En verano sólo en las horas centrales del día, cuando da más calor.
SURESTE: En invierno da todo el día. El resto del año da hasta el mediodía.
ESTE: Da todo el año desde el amanecer hasta el mediodía.
NORESTE: En invierno no da. El resto del año hasta mediodía.
NORTE: El Sol sólo dará en verano, en las primeras horas de la mañana y las últimas de la noche.
NOROESTE: En invierno no da. El resto del año, desde mediodía hasta el ocaso.
OESTE: Da todo el año desde el mediodía hasta el ocaso.
SUROESTE: En invierno todo el día. El resto del año, desde mediodía hasta el ocaso.

Nuestro consejo:

Deberíamos acomodar nuestra vivienda para poder aprovechar la mayor parte de la luz del Sol posible. Esto es, por supuesto en zonas como España. Cabe mencionar que si uno vive en el trópico le interesará más resguardarse del Sol fuerte, por tanto supongo que orientar nuestra vivienda al Norte sería lo apropiado. Sin embargo yo vivo en Galicia, Norte de España, donde el Sol es muy valioso y nuestro deseo es aprovecharlo lo más posible.
Por tanto, yo pondría lo que es la cocina mirando al Este, que es donde pasamos la mayor parte de la mañana. A medio día el sol está situado en el Sur, con lo cual se pudiera poner sala de estar, salón, comedor, habitación de estudio o juegos para niños (donde se suele pasar la mayor parte de la tarde), y para finalizar los dormitorios mirando al oeste (cuando ya el sol se pone pero todavía deja algún rayo meterse en la habitación y calentarla para dormir). Aunque si prefieres el Solete de la mañana…también sería perfecta la orientación al Este.
En cuanto al Norte, que decir, es lo más frió, yo particularmente no pondría nada, sin embargo, si uno vive en zona Sur como Andalucía podría tener en cuenta y situar alguna estancia mirando al Norte. En zonas de Galicia, Cantabria, Asturias se puede poner bodegas o despensas orientadas al Norte y así guardarlas del calor intenso, pero cuidado porque es la zona más húmeda también.